¿Qué se puede tramitar?

  • Actas (nacimientos, matrimonios, defunciones)
  • Oficios judiciales: Adopción, Divorcios, Ley 26.743 (De identidad de género)
  • Rectificación de datos
  • Adición de apellido materno

Las actas con firma digital se envían al correo registrado del solicitante dentro de los 20 días hábiles. Para tramitar la solicitud del acta desde Buenos Aires u otro distrito que no sea Misiones debe ingresar a “Pago de Tasas/ Trámites Varios/ REMISIÓN DE ACTAS FUERA DE LA PROVINCIA”

Recuerde adjuntar el respectivo comprobante de pago realizado al pie del formulario donde se le indica antes de enviarlo.

ATENCIÓN: Sólo el titular o sus padres (si es menor de edad) pueden realizar la solicitud del acta, y en caso de que éste no pueda, deberá tildar «Soy apoderado» y adjuntar una autorización firmada de dicha persona incluyendo ejemplares del DNI y el nombre completo de ambos. En caso de ser un acta de defunción, deberá adjuntar documentación que demuestre el vínculo directo con la persona. Si solicita en carácter de abogado o escribano, deberá adjuntar una autorización como la ya descripta o poder o ejemplar de su matrícula. El Registro Provincial de las Personas se reservará el derecho de emisión del acta solicitada si se incumple con lo aclarado.

Consultas por demora en la entrega de Actas comunicarse vía e-mail: documentacion@casa.misiones.gob.ar


Formulario Actas Digitales

    Datos del solicitante

    Adjuntar únicamente poder o autorización del titular (*)
    (.jpg, .png, .pdf, .jpeg, .doc o .docx).

    Datos del acta

    DATOS PARA BÚSQUEDA Y ENTREGA DE ACTAS

    Adjuntar únicamente el ticket de pago.
    (.jpg, .png, .pdf, .jpeg, .doc o .docx).